El Parlamento de Uruguay aprobó la Ley que busca fomentar el arribo al país de técnicos y profesionales del sector de Tecnologías de la Información extranjeros y nacionales. Esta ley tiene el cometido de atraer mano de obra calificada para las empresas del sector, a las que ofrecerá incentivos tributarios.
Los trabajadores que se trasladen al país podrán optar “con relación a las rentas del trabajo por tributar el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR)” para el “cumplimiento de los contratos de trabajo en relación de dependencia con empresas con actividad regular y permanente”.
Además, podrán elegir “no beneficiarse del sistema de seguridad social vigente” en Uruguay y en este caso no tendrán la obligación de realizar los aportes correspondientes. Para poder hacer uso de la opción, los trabajadores deben cumplir las siguientes tres condiciones:
No existen, por empresa, cupos de trabajadores que puedan estar amparados en este nuevo régimen.
Hay límites temporales previstos en la ley: sólo podrán ampararse al régimen quienes establezcan contratos de trabajo antes del 28 de febrero de 2025. Además, la opción por IRNR y no aporte a la seguridad social, quedará vigente por el año civil en que se realicen y los 4 siguientes.
Vencido ese plazo, el trabajador quedará sujeto al régimen general (IRPF, aportes a la seguridad social).
Fuente: CPA Ferrere / Panel de Novedades de Uruguay XXI